IV
DISPOSITIVA
En base y con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción del estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CONSUMADA la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el procedimiento iniciado por el ciudadano RHOBERMEN ORACIO OBERTO PARADA por ESTIMACIÓN DE COSTAS PROCESALES en contra de los ciudadanos JESÚS MARÍA GUTIÉRREZ y EXMENIA SALAS DE GUTIÉRREZ, de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil y dada la naturaleza del fallo, NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS.-
Notifíquese a la parte actora de la presente decisión en su domicilio procesal, todo conforme a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Ahora bien, por cuanto de los autos no cons.....