En base a las circunstancias antes señaladas y revisadas como fueron las actuaciones anexas al escrito de solicitud presentada por los Abogados MANUEL CASTILLO y ERNESTO CASTILLO, Fiscal Titular de la Fiscalía Primera del Ministerio Publico y Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico en el orden respectivo,
este Tribunal de Control N° 06 de Este Circuito Judicial Penal del estado Mérida, considera que efectivamente concurren en la presente causa los riquisitos necesarios para la procedencia de la Privación Judicial Preventiva de la Libertad, por ello lo Dable y Ajustado a derecho es acordar la Orden Judicial de Aprehensión solicitada por considerar acreditados como ya se dijo, los extremos pautados en el artículo 250 ordinales 1°, 2°, y 3° y 251 ordinales 2° y 3°, de la norma Adjetiva Penal y Así Se Decide. En consecuencia se ordena emitir las respectiva Orden de Aprehensión contra el imputado OSCAR JOSE URBANO MARTINEZ, venezolano, de 37 años de edad, fecha de nac.....