Este Juzgado de de Primera Instancia, en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de ROBERTO EVELIO OSTOS ESCALANTE, titular de la cédula de identidad N° 9.960.019, residenciado en la población de la Playa, calle 03, del verde, casa N° 11, Bailadores, Estado Mérida, en perjuicio de JOSÉ DEL CARMEN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.702.747, residenciado en Barrio La inmaculada, calle 8, entre avenidas 13 y 14, casa N° 13-36, El Vigía Estado Mérida, con fundamento legal en los artículos 2, 26,51, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos, 173, 318 ordinal 3º, 320 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a las partes y en caso de no ser localizados en la dirección indicada en la presente.....