Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, NIEGA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado Javier José Rolón Atilano, venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 15-05-1974, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.656.838, hijo de Eustacio Rolon y María Rosario Atilano, de conformidad a lo establecido en los artículos 53 y 56 del Código Penal. Notifíquese a la Fiscalía XIII del Ministerio Público, a la Defensa y al penado, a cuyo efecto se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión al Tribunal de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial del Estado Trujillo con oficio, quien está encargado de la vigilancia y supervisión del penado, a los fines de que el mismo sea impuesto de lo decidido por este Tribunal, y una vez impuesto remitir copia certific.....