DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, El DIVORCIO, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, y se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos MELBA GAVIRIA DE MEJIAS Y HOMERO MEJIAS SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.104.213 y V-5.200.570, domiciliado la primera de los nombrados en Lagunillas Municipio Sucre del Estado Mérida y el segundo de los nombrados en la Parroquia San Juan Municipio Sucre del Estado Mérida, respectivamente en su orden y civilmente hábiles Y ASI SE DECLARA.-
SEGUNDO: En virtud de tal pronunciamiento anterior ofíciese al Registro Civil de La Parroquia Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida y a la Oficina Princ.....