JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Quince de Julio de Dos Mil Diez.
200º y 151º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentada por la ciudadana ROSANNA BISHOP AMENDOLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 18.966.974, de este domicilio y hábil, a través de su APODERADO JUDICIAL abogado CARLOS ENRIQUE CRESPO PALMA, venezolano, mayor de edad, casado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 72.459 y hábil, contra: JENNY CAROLINA LUGO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 13.499.698, de este domicilio y hábil; por: DESALOJO, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además porque e.....