OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado JEAN CARLOS MÉNDEZ HERNANDEZ, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nro-15.943.637, natural del Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 17-04-1982, de 28 años de edad, soltero, albañil, con sexto grado de instrucción, hijo de Josefina Hernández y de Jesús Avilio Méndez Belandría, residenciado en el Barrio Puerto Escondido, primera calle, casa s/n, de color beige, la segunda casa de al urbanización, bajando a mano izquierda Tucaní, Estado Mérida; por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previstos y sancionados en el Artículo 51 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencias, condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley; los cuales se contaran a partir del día siguiente a la Imposición de la presente decisión, imponien.....