En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa en los siguientes términos:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ALARCÓN VALERO, MARÍA YRAIDES, titular de la cédula de identidad No. V-6.700.393, a través de su apoderado judicial Abogado NÉSTOR GERARDO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-3.990.791, en contra del ciudadano VIVAS BLANCO, MARIO DE JESUS, titular de la cédula No. V-5.508.350, en su carácter de PROPIETARIO y RESPONSABLE de las cosas que tiene bajo su guarda, de conformidad con los artículos 1.185, 1.193 y 1.196 del Código Civil en concordancia con el artículo 127 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, por DAÑOS MORALES, OCASIONADOS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO.
SEGUNDO.....