DISPOSITIVA
Expuestos a las partes los fundamentos de hechos y de derecho de la decisión, en virtud de la admisión de los hechos, que en forma libre hiciese el adolescente acusados de auto; este TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ADMINISTRANDO JUSTICIA, CONDENA al joven IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de ROBO LEVE, previsto en el artículo 456, único aparte del Código Penal, en perjuicio de JAZMIN XIOMARA SISO y le impone las medidas de REGLAS DE CONDUCTA, mediante la cual el sentenciado debe estudiar (estudios formales o vocacionales) o realizar actividades laborales de carácter lícito; cumpliendo la medida realizando una de las dos actividades, por el término de un (1) año y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el término de cinco (5) meses, a razón de cuatro (4) horas semanales
El sentenciado queda exento del pago de costas.
Firme la presente decisión remítase a un Juez de Ejecución de la Sección de Adolescen.....