El Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y el Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora.- CONCLUSIÒN: Este Tribunal de conformidad con el artículo 599 ordinal 7mo. Del Código de Procedimiento Civil, declaro formalmente y solemnemente Secuestrado el inmueble, y lo depósito en la persona de su propietaria Ciudadana: Birnay del Carmen González, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.358.297, tal como se evidencia del documento de propiedad que en dos (02) folios útiles fue presentado para ser agregado a las presentes actuaciones en copia fotostática simple, previa confrontación con sus original, representada en este acto por sus apoderados judiciales Abogados Alexis Enrique Mendoza y María Celina Arría ramos, quienes estando presentes lo recibieron totalmente desocupado de personas y cosas; Y cumplida como ha sido la present.....