Por lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Impone de la Orden de Aprehensión librada en su contra en fecha 14-05-2024. al imputadoANDRES FERNANDO MEZA MEDINA, venezolano, natural de San Cristóbal Estado Táchira, fecha de nacimiento 31-12-1992, titular de la cedula de identidad Nº20.532.556, soltero, obrero, residenciado: en el sector Brisas del Ro, calle las Flores casa S/N°, diagonal a la Escuela del Batey estado Zulia, teléfono 0416-156-5705,por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, cometido en perjuicio del Orden Publico. SEGUNDO: Se acuerda con lugar lo solicitado por la fiscalía y la Defensa Pública, .....