Dispositiva
Por los fundamentos que anteceden, este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, hace los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara en Flagrancia la aprehensión del ciudadano JEAN ALEXANDER MENDEZ, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y castigado en el artículo 416 del Código Penal vigente, por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se decreta en contra del ciudadano JEAN ALEXANDER MENDEZ, las medidas cautelares solicitadas por la representación fiscal, consistente en su presentación cada treinta (30) días por ante este Tribunal, prohibición de abusar de bebidas alcohólicas y de fomentar altercados con la víctima.
TERCERO: Se acuerda continuar la presente causa por el procedimiento ordinari.....