Este Tribunal en cumplimiento a comisión conferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en el sitio indicado por la parte actora; para dar cumplimiento con la ejecución de la medida de Embargo Ejecutivo, ordenado en el Mandamiento de Ejecución. CONCLUSIÓN: La notificada de autos Ciudadana Ana Leonor Hernández Durán, ofreció cancelar la cantidad de Dos Millones de Bolívares (Bs.2.,000.000), cancelando en este acto la cantidad de Quinientos Mil Bolívares ( Bs.500.000), y el resto en tres (03) pagos mensuales, lo cual fue aceptado por la apoderada judicial actora, absteniéndose el Tribunal previa solicitud, de ejecutar la medida de Embargo; La comisión es devuelta cumplida al Tribunal de la causa, dejando en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.