PRIMERO: Se declara con lugar la demanda incoada por la ciudadana LILIBETH CASTELLANOS ANTOLINEZ, titular de la cédula de identidad 21.185.608,, debidamente representado por el procurador de trabajadores RONALD EDUARDO CALDERON JEREZ, titular de las cédula de identidad 14.204.472 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 108.464 en contra de la sociedad mercantil PANADERIA Y PASTELERIA DON JOSE C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 21 de junio de 2001, bajo el número 31, tomo 14-A; por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada sociedad mercantil PANADERIA Y PASTELERIA DON JOSE C.A, a pagar a la parte actora ciudadana LILIBETH CASTELLANOS ANTOLINEZ, la cantidad de CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 186.243,45) más las cantidades de dinero que por concepto de intereses sobre la .....