En virtud de lo antes expuesto este Juzgado considerando además que esta prohibido en nuestro ordenamiento jurídico penal el Juzgamiento en ausencia, ORDENA expedir a los solos fines procesales ORDEN DE APREHENSIÓN contra el ciudadano: FEDERMAN ANTONIO CORREA ALVAREZ, colombiano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 8.414.446, residenciado en el Km. 15, vía 35, Hacienda La Mona; por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 417 deI Código Penal, en perjuicio del ciudadano: HERNAN DARlO GONZALEZ HERNANDEZ; una vez cumplida su detención deberá ser presentado el detenido ante este Tribunal, en el lapso de 48 horas previstas en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y así proceder este despacho a fijar el día y hora de la celebración de la Audiencia Preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal. Así pues, en la presente causa .....