Este TRIBUNAL DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano JOSE ORLANDO GUTIERREZ ESCOBAR, venezolano, de 19 años de edad, casado, chofer, titular de la cédula de identidad N° 18.056.042, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 26-12-1988, hijo de Pedro José Gutiérrez (v) y Altagracia del Carmen Escobar (m), domiciliado en la Vía Principal Panamericana, Frente a la Sub comisaría Policial Nº 13, Santa Elena de Arenales, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en perjuicio de la ci.....