En mérito de las consideraciones que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, se declara INCOMPETENTE FUNCIONALMENTE, para conocer y decidir, en única instancia, la recusación formulada en fecha 26 de abril de 2016 por la abogada INDIRA DEL CARMEN LÓPEZ, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano EUSTORGIO ROJAS DURÁN, parte demandada (f. 32), contra el Juez Provisorio a cargo del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Mérida con sede en Ejido, abogado NILSON JOSÉ PORRAS ESCALANTE y, en consecuencia, NO ACEPTA la declinatoria de competencia que le fue deferida por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Mérida con sede en Ejido.
A tenor de l.....