El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: PRIMERO: La validez de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Bolivariano de Mérida, en fecha en fecha 24 de octubre de 2022 (folios 56 y 59), mediante la cual declaró su incompetencia por la materia y declinó la competencia en este Tribunal, en el juicio incoado por la Abg. DAYANIRA RAQUEL MOLINA VAZQUEZ, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana AURORA SONIA DE FELICIS NOVELLI, contra el ciudadano JOSE GREGORIO SANCHEZ ROJAS; y consecuencialmente se reordena el proceso a los fines de que la demanda propuesta cumpla con la fundamentación de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y repone la misma al estado de que la parte actora dentro de los tres (3) días de despacho siguientes a aquel en que coste en auto la notificación ordenada más un (1) día que se le concede como termino de distancia, presente nueva, demanda cumpliendo con la fundamentación.....