Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La aprehensión en situación de flagrancia de los ciudadanos: CALDERON ALARCON DEASIL IVAN, PEREZ IZARRA DAMARIS DEL CARMEN, IZARRA SANCHEZ MARIA DEL CARMEN, IZARRA SANCHEZ ALFREDO, plenamente identificados, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento Agravado de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas por considerar que se encuentran llenos los extremos exigidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Comparte la calificación jurídica de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
TERCERO: Acuerda aplicar el procedimiento ABREVIADO por considerar es.....