esta juzgadora Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: Homologa el reconocimiento voluntario del niño OMITIR NOMBRE, de tres (03) años de edad, por parte de su padre ciudadano OMAR ELADIO BORRERO MORA, habiendo sido levantada partida de nacimiento por ante la Registradora Civil de la Parroquia Eloy Paredes, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida, signada con el acta 65, Folio Nº 065, Año: 2008, inserción Nº 16, mediante la cual el ciudadano OMAR ELADIO BORRERO MORA, reconoce al niño OMITIR NOMBRE, como su hijo, en consecuencia reconózcasele efectos de sentencia firme ejecutoriada y con autoridad de cosa juzgada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten al ciudadano niño OMITIR NOMBRE,. ASI SE DECIDE. ---------------------