Decisión: Por lo expuesto precedentemente, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara la extinción de la responsabilidad criminal del penado Luis Rodrigo Rojas Monsalve, titular de la cédula de identidad N° 9.479.406, en virtud de haber cumplido totalmente la nueva penalidad impuesta por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, por la declaratoria con lugar del recurso de revisión presentado a su favor. Asimismo, se acuerda ejecutar las penas accesorias impuestas al penado en la sentencia condenatoria definitivamente firme, referente a la pérdida de la nacionalidad venezolana (ya que el penado es venezolano por naturalización) y la expulsión del territorio de la República Bolivariana de Venezuela.