Este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley decretó: 1) SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado ALFONSO ARRIETA NUÑEZ, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES, previsto y sancionado en el articulo 420 ordinal 2° en armonía con el articulo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano RAUL ANTONIO SALCEDO GALLO. 2) Se acuerdan las copias simples del Acta y de la presente decisión. 3) Por cuanto la presente causa debe ser remitida en esta misma fecha al Tribuna de Ejecución, para el ejecútese de la sentencia de admisión de hechos, se acuerda compulsar por secretaría las actuaciones que conforman la presente causa, para conformar cuaderno separado a los fines de resguardar el lapso de ley. 4) Notificar art. 177 del COPP.