DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, la Corte hace los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara CON LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano Omar Eladio Márquez Carrero, debidamente asistido por la Abogado Belkis Coromoto Mora Ramírez, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, que en fecha 29/10/2009, negó la entrega del vehículo cuyas características son: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: COUPE, USO PARTICULAR, MARCA: CHEVROLET, MODELO CORSA, AÑO 2004, COLOR GRIS, SERIAL DE CARROCERIA 8Z1SC21Z43V342271, SERIAL DE MOTOR: 43V342271. SIN PLACAS.
2.- Acuerda la entrega del vehículo descrito e.....