Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión incoada por la firma personal denominada FARMACIA SAN LÁZARO, de JURAIMA MARISELA CONTRERAS, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 25 de agosto de 1998, con el Nro. 94, Tomo B-6, representada judicialmente por el Abogado AMANDO ANTONIO ANGARITA BOTTARO, cedulado con el Nro. 5.204.658 e inscrito en el Inpreabogado con el Nro. 48.209, contra la Sociedad Mercantil ESPECIALIDADES MÉDICO-QUIRÚRGICAS NUEVA BOLIVIA, C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 02 de agosto de 2001, con el Nro. 69, Tomo A-5., por cobro de bolívares por el pr.....