El Tribunal dictó decisión decretando la medida de la siguiente manera:
PRIMERO: Se decreta medida de protección a la producción sobre el ganado y la leche, presentada por el abogado MANUEL ROJAS YANEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.855.476, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 14.559, domiciliado en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO HUNG VAILLANT, venezolano, mayor de edad, productor agropecuario, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-1.896.841, domiciliado en la Hacienda El Carmen, sector Alto Viento la Vergara vía La Culata, Parroquia Gonzalo Picón Febres, Municipio Libertador del Estado Mérida; de conformidad en los artículos 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y los artículos 305, 306 y 307 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sobre un lote de terreno con sus respectivas bienhechurías, ubicado en la carretera vía La Culata, sector.....