este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSIÓN EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA LA APREHENSION EN FLAGRANCIA DEL IMPUTADO PEDRO PABLO HERNÁNDEZ VERGARA, en virtud de que el mismo fue aprehendido en corto tiempo de haber cometido presuntamente el hecho y en los alrededores del lugar del suceso, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, así como la aplicación del procedimiento abreviado e impone al imputado: PEDRO PABLO HERNÁNDEZ VERGARA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.354.665, nacido en fecha 04-06-74, de 32 años de edad, de ocupación u oficio chofer, estudió hasta el cuarto grado de educación básica, hijo de Rita Elena Vergara (v) y de Ciro Hernández (v), domiciliado en el sector 2 de la Vega, calle 4 N° 59, Municipio Alberto Adriani .....