El Tribunal dictó decisión interlocutoria y aceptó la declinatoria de competencia por razón de la materia para seguir conociendo la causa, efectuada mediante auto de fecha 28 de noviembre de 2006, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y se avocó al conocimiento del proceso. Advirtiéndosele, que en el tercer día de despacho siguiente a la fecha de la decisión la causa continuará su curso en el estado en que se encuentre y en esa misma oportunidad este Tribunal emitirá pronunciamiento expreso sobre la validez o no de las actuaciones procedimentales efectuadas por ante el Tribunal declinante y, por consiguiente si resulta o no menester decretar la reposición al estado de admisión de la demanda.