´PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE VIAJE FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos SUSANA CALDERÓN LACRUZ y DIMAS RAFAEL ACEVEDO NOVOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-8.049.539 y V-5.559.960, en su orden, domiciliados en Urbanización Las Delias, calle 4, casa N°88, parroquia Domingo Peña, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, a favor de la adolescente SOL VALERIA ACEVEDO CALDERÓN de quince (15) años de edad, F.N.:25/02/2010, titular de la cédula de identidad N° V-33.456.958, pasaporte venezolano N° 185832854, pasándolo en autoridad de cosa juzgada. ´