DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Se ratifica la Medida Privativa de Libertad dictada en contra del referido ciudadano en fecha 15-1-2004 por el Tribunal de Juicio N° 03, razón por la cual se acuerda su internamiento en el Centro Penitenciario de la Región Andina. SEGUNDO: Se acuerda remitir las actuaciones a la Fiscalía 5ta del Ministerio Publico a fin de que proceda a realizar el Acto de imputación el día viernes 19-06-2009 a las 2:00 pm, razón por la cual quedan las partes debidamente notificadas del referido acto. TERCERO: Acuerda la realización de una experticia psiquiátrica al imputado de autos en el IAHULA, para el día jueves 25-6-2009, razón por la cual se acuerda oficiar al De.....