decreta el CUMPLIMIENTO DE LA PENA CORPORAL Y EXONERACIÓN DE LAS PENAS ACCESORIAS, impuestas al ciudadano LUIS ELADIO CONTRERAS CONTRERAS, venezolano, natural de Tovar, Estado Mérida, titular de la cédula de identidad N° 4.700.718, divorciado, comerciante, de 47 años de edad, domiciliado en la Av. 1, calle 1-44, Urbanización Colinas del Torbes, La Concordia, San Cristóbal Estado Táchira, quien fue sentenciado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑO DE PRISIÓN, más las accesorias de ley. Todo de conformidad con los artículos 2, 26, 157 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 479 y 500 del Código Orgánico Procesal penal y artículo 105 del Código Penal. Notifíquese a las partes, Fiscal del Ministerio Público, Defensa y al Ciudadano LUIS ELADIO CONTRERAS CONTRERAS. Ofíciese a la Juez del Tribunal de Ejecución N°- 01, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, informándole sobre la decisión. Una vez que consten las boletas respectivas, se .....