(...) En consecuencia, se ordena la realización de Juicio Oral y Público, en la causa que se le sigue al ciudadano EMILTER DE JESÚS SERRUDO CARRERO (identificado en autos) por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO (imprudencia) en perjuicio de ZAIDA ISABEL MORA DE MORA, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal.
VII
Se emplaza a las partes a concurrir en el plazo común de cinco días ante el Juez de Juicio competente. Y finalmente, se ordena por secretaría la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio competente con sus recaudos y objetos incautados, de ser el caso. Así se ordena conforme al Artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.