éste Tribunal Penal en Funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA LA CAPTURA del penado AUDIO DE JESUS PEREZ CHOURIO, de conformidad con lo previsto en artículo 480 del Código Penal,a los fines de imponerlo del EJECUTESE de la Sentencia Condenatoria, dictada en fecha 10-03-99, EJECUTESE que fue dictado por este Tribunal en fecha 04-02-00 folios (124), no siendo impuesto, el penado del presente EJECUTESE, por cuanto, el penado se encuentra en libertad siendo imposible su ubicación y citado en varias oportunidades para imponerle del EJECUTESE de Sentencia de confomidad con lo previsto en los artículos 478, 479 numeral 1° 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal,habiendo sido el penado detenido preventivamente en fecha 18-07-96 permaneciendo en las mismas condiciones hasta el día 15-11-096, es decir por un .....