Del libelo de demanda evidencia este Juzgador que la demandante interpone acción por rectificación DE PARTIDA DE NACIMIENTO, y fundamenta la acción de conformidad con los artículos 217 y 472, del Código Civil, y los artículos 768, 769, 774 del Código de Procedimiento Civil, y expone que en virtud de haber contraído matrimonio civil, con el ciudadano Eudoro de Jesús Sivoli Fonseca, en fecha dos de septiembre de 1962, cambiando su estado civil, de soltera a casada, usando voluntariamente el primer apellido del esposo, desde esa fecha, y que por cuanto hoy día su estado civil es viuda, es por lo que solicita que sea estampada nota marginal de legitimación de su partida de nacimiento, en el Registro Principal del Estado Mérida.
Los artículos 217 y 472, del Código Civil, tratan sobre el reconocimiento voluntario del hijo por sus padres, y el artículo 472 ejusdem, sobre el reconocimiento del hijo hecho posterior al registro de la partida de nacimiento ante la Primera Autoridad Civil, esto p.....