PARTE DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos YSOLINO ORLANDO OVANDO SANCHEZ y RUTH ELIZABETH GONZALEZ VERA, ya identificados, en consecuencia y por efecto de tal pronunciamiento, queda disuelto el vínculo matrimonial que ambos contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Jacinto Plaza, Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha 30 de diciembre de 2.002, según acta Nº 64. Y así se decide.
SEGUNDO: Por cuanto los solicitantes han manifestado no haber procreado hijos, este Tribunal no dicta providencia alguna al respecto.
TERCERO: Por cuanto los solicitantes han manifestado no haber adquirido bienes durante su matrimonio, este Tribunal no dicta providencia alguna al respecto.
PUBLÍQUESE, Y CÓ.....