Decisión: Por lo antes señalado, este Tribunal de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 17, 335 y 337 del Código Orgánico Procesal Penal, declara interrumpido el debate seguido a los imputados Pablo Alexander Lobo, Darly Anyelín Ramírez y Eymar Esteban Bustos Giraldo, por no haberse reanudado a más tardar el undécimo día siguiente a la última suspensión, debido a la incomparecencia de la Fiscalía Decimosexta del Ministerio Público del Estado Mérida, a la audiencia de juicio oral y público pautada para el día 04 de octubre de 2007. Se fija el juicio oral para el día veintiuno (21) de noviembre de 2007, a las nueve (9:00) de la mañana.
Notifíquese a las partes. Trasládese a los acusados para la fecha indicada. Regístrese, diarícese y certifíquese por secretaría copia de esta resolución. Cúmplase.
El Juez de Juicio N° 04
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