Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INHIBICION planteada por la Dra. THAMARA PUENTES DE TAVIRA, Juez Temporal de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad artículo 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia del artículo 87 eiusdem..
Cópiese, publíquese y compúlsese. Igualmente, se ACUERDA: Convocar al Dr. Genarino Buitriago, Juez Temporales de esta Alzada, a los fines de que se aboquen al conocimiento del presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZ DE LA CORTE DE APELACIONES,
DR. ALFREDO TREJO GUERRERO
PONENTE
LA SECRETARIA,
ABG. YEGNIN TORRES.
En la misma fecha se copió, publicó, compulsó y se convoco al Juez Temporal de esta Corte de Apelaciones con Boletas Nros: LG01OFO200800______.
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