DISPOSITIVA
Por razones expuestas, este Tribunal de Control N° 5, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 4 ° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano YONEL GREGORIO PARRA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 11.215.738, residenciado en el Barrio San Isidro , El Vigía Estado Mérida, en perjuicio de los ciudadanos PEDRO MARÍA CONTRERAS RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 9.394.224, residenciado en el Barrio San Isidro, El Vigía Estado Mérida y YONEL GREGORIO PARRA, supra identificado. Notifíquese a las partes de la presente decisión, en cuanto a las victimas e imputado, notifíquese de conformidad con los Artículos 181 y 183 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que por el transcurso del tiempo las direcciones que cursa en la presente causa pueden ser inexactas. Remítase en.....