Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide:
UNICO: Dictar el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad con el artículo 48, ordinal 1° del COPP, en armonía con el artículo 318, ordinal 3° eiusdem, a favor del ciudadano LUIS ALBERTO MENDEZ MOLINA, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano ANTONIO HERNAN QUINTERO ROJAS.
Notifíquese a las partes, vale decir, Fiscal VI del Ministerio Público, Defensa del Acusado, ejercida por la Abg. Carmen Elena Ojeda, y a la víctima.
La presente decisión se funda en los artículos 2, 26, 257 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Ven.....