Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio nro. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL A FAVOR DEL CIUDADANO JOSE TRINIDAD RODRIGUEZ RIVAS, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. V-3.766.838, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Ordinal 3°, en concordancia con los artículo 48, numeral 3º y 322, todos del Código Orgánico Procesal Penal, al haber operado el desistimiento tácito de la misma por el abandono de la acusación privada instaurada por el querellante ANGEL ALBERTO DOMADOR ROJAS. Se declara la temeridad de la actuación del querellante. No se condena en costas a la parte actora, al no existir actuación alguna de parte del querellado, de la cual hubiese derivado algún gasto o er.....