El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara sin lugar la nulidad del procedimiento policial, formulada por la defensa del imputado de autos; SEGUNDO: Decreta la Aprehensión en Situación de Flagrancia del ciudadano FREDY ALFONSO MARQUEZ QUERALES (identificado en autos), por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; TERCERO: Este Tribunal comparte la calificación jurídica realizada por la Fiscalía del Ministerio Público como es Tráfico de estupefacientes en la modalidad de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31, tercer aparte de la Ley Orgánica Contra El Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en armonía con el artículo .....