En el día de hoy trece (13) de Diciembre del dos mil cuatro, siendo la una y treinta minutos de la tarde, habiendo salido el Tribunal de su sede a la una de la tarde, se trasladó y constituyó en un inmueble, ubicado, en residencias la Hechicera, piso 1, apartamento N° 1-3, frente al Centro Comercial la Hechicera, de este Estado Mérida, con el fin de dar cumplimiento a la práctica de la medida de embargo preventivo conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Por cuanto las partes llegaron a un convenimiento de pago. Este Tribunal se abstuvo de practicar la medida, y acordó remitir la comisión en el estado en que se encuentra al Tribunal de la causa, regresando el Tribunal a su sede siendo las dos y veinticinco minutos de la tarde.- CONCLUSION esta comisión es devuelta sin cumplir a instancia de las partes. Se deja constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucional.....