Por las razones expuestas, Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Acuerda con lugar el traslado de la ciudadana MANAR EDITH WAHAB MASSOUD, plenamente identificada al Centro Penitenciario de la Región Los Andes, ya que es su lugar de reclusión. SEGUNDO: Se ordena oficiar al Reten Policial La Alcaidesa del Estado Mérida, con la finalidad de notificarle de la respectiva decisión. Así mismo al Centro Penitenciario de la Región Los Andes, para que dicha ciudadana sea trasladada a ese recinto Penitenciario. TERCERO: Se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Así se decide.