en consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa a favor del Ciudadano SAMUEL ENRIQUE RIVAS CHACON, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-11.219.821, domiciliado en la Urbanización La Páez, Sector II, vereda 24, casa N°- 12 El Vigía Estado Mérida, en perjuicio del Estado Venezolano. Por cuanto el Ciudadano imputado se le le acordó una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, la misma se deja sin efecto. Se fundamenta la presente decisión en los artículos que han sido mencionados a lo largo de la misma. Y así se decide. Notifíquese a las partes, si no es posible la notificación personal la misma debe ser hecha de conformidad con lo establecido en el Artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal. Una vez que se encuentre firme la.....