Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor del adolescente OMITIR NOMBRE, y de los niños OMITIR NOMBRES, en su condición de hijos, como Únicos y Universales Herederos. Con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Se dejan a salvo los derechos de terceros