DECISIÓN
En virtud de todas las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en Tovar, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana MIRIAM JOSEFINA GÓMEZ DE SUAREZ, plenamente identificada en autos.
SEGUNDO: Se ordena a la Oficina de Registro Civil del Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida y al Registrador Principal del Estado Bolivariano de Mérida, INSERTAR la presente sentencia en los libros de Registros respectivos y hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento N° 434, Folio del Vto. 217, de fecha veintisiete (27) de julio del 1.956, a fin de que sea corregido en la misma el error cometido. Así se decide.
TERCERO: En consecuencia, una vez se declare definitivament.....