Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVISA Y ACTUALIZA EL CÓMPUTO, Y COMO CONSECUENCIA DE ELLO; PROCEDE A DECLARAR EXTINGUIDA LA TOTALIDAD DE LA PENA QUE LE FUERA IMPUESTA AL PENADO JOHAN ROBERTO CHACON SANTIAGO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, soltero, buhonero, nacido el 10-2-77, titular de la cédula de identidad nro. V-14.268.379, lo cual incluye tanto la pena corporal principal como las penas accesorias que de ella derivaban, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479, Ordinal 1° y 482, Último Aparte del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con el artículo 105 del Código Penal, ya que efectuada como ha sido la actualización del cómputo de la pena, se obtuvo que el penado no sólo ha cumplido de forma efectiva un tiempo super.....