..."Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia Nº693, de fecha 02 de junio de 2015 emanada de la Sala Constitucional (Carácter Vinculante), interpuesta por los Fabiola María García Gómez y Emmanuel Arcángel Edler Arroyo, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Bolivariano Guaicaipuro, Parroquia Los Teques, Estado Bolivariano de Miranda en fecha 06 de diciembre de 2011, según acta Nº 189. Así se decide."...