El Tribunal dictó sentencia interlocutoria declarando: Primero: Acepta la declinatoria de competencia para conocer y decidir el presente juicio, efectuada por el Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en virtud de la decisión dictada por dicho Tribunal en fecha 15 de junio de 2022 (folios 12 al 15) y, en consecuencia, se avoca al conocimiento de este proceso.
Segundo: Ofíciese lo conducente al Tribunal declinante.
Tercero: Se advierte a la parte que, en el tercer día de despacho siguiente a aquel en que quede firme esta decisión, la presente causa continuará su curso en el estado en que se encuentra, y que en esa misma oportunidad este Tribunal emitirá pronunciamiento expreso sobre la admisibilidad de dicha causa.
Publíquese y regístrese el presente fallo.