DISPOSITIVA
En consecuencia, por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: De oficio, DECLINA LA COMPETENCIA para el conocimiento de la presente causa penal identificada con el N° LJ01-P-2022-000017, por tratarse del mismo hecho punible y en definitiva de una sola causa con respecto a la causa N° LP01-P-2018-000749, en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 03 de este mismo Circuito Judicial Penal, por ser éste el competente en razón de la unidad del proceso por existir conexidad de los delitos, y por tratarse de un solo hecho punible, además de que la causa N° LP01-P-2018-000749 ingresó primeramente ante el Tribunal de Juicio N° 03, siendo éste el tribunal natural y comp.....