El Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado.- CONCLUSIÒN: El Tribunal vista la información dada por la notificada de autos sobre la empresa PROMOCIONES 181818 C.A., que no posee cheques de gerencia, hace entrega en este acto a la Ciudadana CARLA KARINA BLASI MELEAN, identificada en acta la cantidad de 496,6 bolívares, por concepto de la sumatoria de las retenciones contenidas en los literales A, B, C., tal como lo establece la comisión en su folio cuatro (4); igualmente entrega un cheque por la cantidad de bolívares 1639,25, por concepto del 50% de las prestaciones sociales (LITERAL E), cheque de la cuenta personal numero 0133 0047 09 1600007000, de la ciudadana YELITZA DE CARMEN CARIACO GOMEZ, cheque número 83864526, a favor del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL .....